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Misión de la Oficina de Control Disciplinario Interno:

Tiene como propósito ejercer la función disciplinaria en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Corporación, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 734 de 2002 y en las normas que la adicionen o modifiquen, mediante el desarrollo de las siguientes funciones:  


1)    Organizar, dirigir y coordinar la aplicación del régimen disciplinario, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. 


2)    Preparar y establecer procedimientos operativos disciplinarios para que los procesos se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad, igualdad, eficiencia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso.


3)    Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario y en las disposiciones que lo reglamenten, modifiquen o sustituyan.


4)    Mantener actualizada una base de datos, que brinde información confiable y oportuna sobre el estado de los diferentes procesos disciplinarios adelantados por la Oficina. 


5)    Garantizar la actualización, oportunidad e integralidad de la información de los procesos disciplinarios adelantados, y comunicar lo pertinente a los Órganos de Control y Vigilancia que lo requieran.


6)    Llevar el registro e informar a los organismos, instancias y dependencias que corresponda sobre las sanciones impuestas a los servidores públicos, una vez ejecutoriadas, para que sean incluidas en las historias laborales correspondientes.


7)    Capacitar a los servidores públicos en la aplicación del régimen disciplinario vigente, y a quienes tengan personal a cargo para adelantar los procesos disciplinarios que por competencia deban asumir.


8)    Diseñar y adelantar campañas de prevención en materia disciplinaria.